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Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad tras la Directiva Ómnibus: implicaciones legales para la CSDDD

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Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad tras la Directiva Ómnibus: implicaciones legales para la CSDDD

Un informe jurídico que examina las implicaciones legales y prácticas de las modificaciones introducidas en la Directiva sobre Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)

Este informe ofrece unas primeras orientaciones claras para ayudar a todas las partes interesadas a comprender el marco revisado y desenvolverse en el nuevo régimen de diligencia debida en materia de sostenibilidad en la UE. Proporciona primeras indicaciones sobre los ámbitos en los que subsiste margen de discrecionalidad regulatoria para los legisladores nacionales, aquellos en los que resulta más urgente contar con directrices autorizadas por parte de la Comisión, así como las implicaciones prácticas del marco revisado para las empresas que están reevaluando sus enfoques de diligencia debida —incluidos los supuestos en los que sigue siendo aconsejable ir más allá de los requisitos mínimos. 

Principales cambios explicados: 

• Reducción aproximada del ~70 % del ámbito de aplicación empresarial: de unos 3.400 grupos empresariales a alrededor de 1.000, dejando sin cobertura regulatoria partes significativas de sectores de alto riesgo (agricultura, textil, minería y construcción). 

• Mantenimiento del enfoque basado en el riesgo: se conserva el análisis en dos etapas para la identificación de impactos adversos conforme a las normas internacionales, así como las nuevas especificaciones relativas a las solicitudes de información a socios comerciales. 

• Supresión de los planes obligatorios de transición climática: una modificación que, contrariamente a los objetivos declarados de simplificación, probablemente aumente la inseguridad jurídica y el riesgo de litigios para las empresas. 

• Eliminación del régimen armonizado de responsabilidad civil de la UE: esto implicará que el acceso de las víctimas a la justicia dependerá ahora del Estado miembro y de la legislación nacional aplicable, generando condiciones desiguales tanto para las empresas como para las personas afectadas. 

• Reducción de las sanciones máximas: del 5 % al 3 % del volumen de negocios neto mundial. 

A pesar de estos retrocesos, nuestro informe jurídico destaca que la CSDDD sigue siendo un instrumento fundamental para la rendición de cuentas empresarial.

El informe completo (en inglés) puede descargarse en esta página, y también está disponible aquí.