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Cómo el derecho internacional puede fomentar la acción climática

Traducción del artículo de Laura Clarke OBE, CEO de ClientEarth

Los pequeños estados insulares no tienen tiempo para guerras culturales sobre el cambio climático: para ellos, es una realidad cotidiana, una amenaza existencial para sus hogares y forma de vida. En 2009, el Gobierno de las Maldivas celebró una reunión de gabinete bajo el agua para destacar la amenaza del calentamiento global y, en 2021, el ministro de Relaciones Exteriores de Tuvalu, Simon Kofe, grabó un discurso para la COP26 metido en el mar con el agua hasta las rodillas.

Los pequeños estados insulares aun siendo los menos responsables en cuanto al cambio climático, se encuentran en la primera línea de sus impactos y llevan décadas advirtiendo sobre ello. Sin embargo, el resto del mundo, en su gran mayoría, ha fracasado en escucharlo s y en tomar las medidas urgentes necesarias. Por lo tanto, los líderes de estos países han decidido actuar por sí mismos.

A raíz de la COP26, los Primeros Ministros de Antigua y Barbuda y Tuvalu establecieron la Comisión de los Pequeños Estados Insulares sobre el Cambio Climático y el Derecho Internacional, (COSIS, por sus siglas en inglés) se dirigieron al Tribunal Internacional del Derecho del Mar de la ONU (TIDM) en Hamburgo.

A medida que nuestros océanos alcanzan temperaturas récord, la COSIS ha solicitado al tribunal que emita la primera opinión mundial sobre si las emisiones de CO2 absorbidas por los océanos pueden considerarse contaminación marina y, en caso afirmativo, qué obligaciones tienen los países para evitarlo.

Las apuestas son altas. Si la COSIS triunfa, se dispondrá de un nuevo instrumento fundamental en la lucha para limitar el cambio climático, un momento potencialmente decisivo dado que nuestro océano abarca más del 70 por ciento de la superficie de la Tierra.

La relevancia no reside en que estas opiniones consultivas internacionales sean legalmente vinculantes y, por ende, ejecutables (puesto que  no lo son), sino en la autoridad que ostentan como declaraciones concluyentes en el ámbito del derecho internacional. Ostentan una gran relevancia jurídica, ya que sus interpretaciones del derecho internacional pueden ser utilizadas tanto ante los tribunales nacionales como en procedimientos internacionales. Por lo tanto, constituyen una herramienta decisiva para impulsar la acción climática, y, e la solicitud de la COSIS ante el TIDM sólo es una de ellas.

En La Haya, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se enfrenta a una pregunta fundamental en relación al clima, debido a que en marzo se presentó una solicitud propuesta por Vanuatu, liderada por estudiantes, para obtener una opinión consultiva que aclare las obligaciones legales internacionales en cuanto a la mitigación del cambio climático. La CIJ debe determinar ahora cuales constituyen, en derecho internacional, las obligaciones para los Estados para prevenir el daño relacionado con el clima, incluyendo las obligaciones tanto en relación con las generaciones presentes como  futuras.

En enero, Colombia y Chile solicitaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una opinión consultiva sobre las obligaciones de los Estados en relación con la protección de los derechos fundamentales, frente a las consecuencias del cambio climático.

Y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos está a punto de examinar un caso emblemático presentado por seis jóvenes portugueses, que alegan que 33 países han violado los compromisos de derechos humanos al no abordar adecuadamente la crisis climática.

ClientEarth ha desempeñado su papel en este esfuerzo por emplear el derecho internacional para impulsar una mayor acción climática por parte de los Estados y establecer una obligación de derechos humanos con respecto a la lucha contra el cambio climático.

El año pasado, apoyamos a un grupo de ocho demandantes isleños del Estrecho de Torres que presentaron una queja ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, argumentando que la inacción del gobierno australiano sobre el cambio climático constituía una violación de sus derechos fundamentales. Ganaron.

En agosto, tras una queja legal que presentamos en 2021, expertos en derechos humanos de la ONU emitieron una advertencia a Saudi Aramco, la empresa de petróleo y gas más grande del mundo (y principal emisor corporativo mundial) sobre su contribución a la crisis climática y su  impactos en los derechos humanos vinculados al clima en Arabia Saudita y otros países. También afirmaron que los bancos y compañías financieras que apoyan las actividades de Aramco podrían estar violando el derecho internacional y las normas internacionales en materia de derechos humanos. Las grandes petroleras y los bancos, de todo el mundo, deberían tomar nota de esto.

La ley, cuando se utiliza adecuadamente, puede impulsar el cambio que necesitamos: tanto para afrontar la crisis climática como para hacer justicia. Justicia para las comunidades vulnerables al clima en todo el mundo, para las generaciones futuras y para todos nosotros.

Como dijo el Primer Ministro Sopoaga de Tuvalu en 2014, en vísperas del Acuerdo de París: "Miremos a los ojos de los niños y digamos, sí, disponemos de un futuro real para vosotros. Hagamos que el año 2015 sea aquel en que salvamos Tuvalu. Porque si salvamos Tuvalu, salvamos al mundo".

Para leer el artículo original, visita este enlace.